1. Estados financieros de la entidad del año inmediatamente anterior debidamente autorizados por el máximo órgano de administración.
2. Certificación de requisitos del representante legal o revisor fiscal en el que evidencia que han cumplido con todos los requisitos durante el respectivo año, conforme lo ordena el numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T.
3. Copia de la escritura pública, documento privado o acta de constitución en donde conste que está legalmente constituida.
4. Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, en el cual figuren sus administradores, representantes y miembros del consejo u órgano directivo.
6. Copia de los estatutos o acta del máximo órgano directivo donde se indique: a) actividad meritoria de libre acceso a la comunidad, b) que sus aportes no sean rembolsables, c) que sus excedentes no sean distribuidos bajo ninguna modalidad y d) identificación de los cargos directivos. Decreto 2150 de 2017, Artículo 1.2.1.5.1.8, numeral 4.
7. Certificación del Representante Legal de los antecedentes judiciales y declaración de caducidad de contratos estatales de los miembros de la junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T.
8. Certificación donde se indiquen los nombres e identificación de los cargos directivos y gerenciales, y de manera global el concepto y valor de la remuneración de dichos cargos.
9. Formatos 2530, 2531, XML
10. Declaración de Renta.